ART. 133

Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados

Supremacía constitucional y el orden jurídico estatal.

La supremacía constitucional desde el punto de vista material hace referencia al hecho de que la Constitución es la base sobre la cual descansa el sistema jurídico de un Estado, legitimando la actividad de los órganos estatales y dotándolos de competencia. Una de las características de la normatividad de la Constitución es que constituye el parlamento de validez, de las demás normas del sistema jurídico, por lo que la supremacía constitucional implica la subordinación del orden jurídico a la Constitución.
Esta supremacía tiene dos aspectos:
  • Superioridad política
  • Suprelegalidad

La Consejería jurídica del Poder Ejecutivo, incorporo la Legislación y reglamentación estatal actualizada en una primera etapa al Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional a cargo de la Secretaría de Gobernación, con el propósito de promover la cultura de la legalidad y el acceso a la información en los Estados de la república. 

 Te invito a que observes el siguiente link:

En donde podemos consultar los órdenes jurídicos de cualquier Estado de la República Mexicana.


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